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¿Qué documentos necesitas para casarte?
¿Qué documentos necesitas para casarte?

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¿Qué documentos necesitas para casarte?

Si tienes que organizar tu boda pero no sabes cuál es la documentación que necesitas para casarte, ¡te lo contamos!

¿Ha llegado la hora de organizar la boda y no sabes por dónde empezar? No te preocupes porque hoy te damos todas las claves paso a paso, para que puedas quitarte cuanto antes el papeleo y puedas comenzar con la parte más romántica.

¿Por dónde empiezo?

Comenzar a planificar una boda no es una tarea sencilla, ya que son muchas las cosas que hay que organizar para que todo esté listo el día del enlace. Una vez tomada la decisión, sea o no con pedida de mano de por medio, es esencial realizar una lista donde anotar todas las cosas que debes hacer.

En el Registro Civil se os entregará la Instancia del Registro CivilEn el Registro Civil se os entregará la Instancia del Registro Civil

Y aunque estés deseando ir a ver vestidos de novia, salones o fincas de ensueño donde celebrar tu día más especial o buscar las flores que más te gustan, la realidad es que antes de comenzar con todo eso, debes encargarte del papeleo.

Los documentos requeridos para celebrar una boda

Independientemente de que tu boda vaya a ser civil o religiosa, debes solicitar cierta documentación que certifique que tanto tú como tu pareja, podéis contraer matrimonio. Antes de comenzar con el papeleo, tendrás que decidir si deseas casarte por la iglesia o si, por el contrario, deseas realizar una ceremonia civil. Ya que en ambos casos tendrás que solicitar algunos documentos, pero no tendrás que seguir los mismos pasos.

En el caso de una boda civil :

  • Documento Nacional de Identidad : Lo primero de todo es hacer una fotocopia del DNI de ambos contrayentes. Es esencial que el DNI se encuentre en vigor, por lo que no dejes de asegurarte de que no tienes que renovar tu DNI.
  • Certificado de empadronamiento : Documento que acredite cuál ha sido vuestro lugar de residencia los dos últimos años. En caso de no estar empadronado, tendrás que presentar diversos documentos que acrediten vuestra residencia, como contratos de trabajo, de alquiler, domiciliación bancaria de la luz, agua o cualquier otro servicio. Si alguno de los dos ha vivido en el extranjero, tendréis que pedir un certificado en el consulado correspondiente.
  • El certificado literal de nacimiento : Este documento lo podéis pedir desde casa, a través de la web oficial del Ministerio de Justicia y lo recibiréis en pocos días en casa. También puedes solicitarlo directamente en el Registro Civil de la localidad que corresponda, es decir, donde naciste.

Todos estos documentos, incluido el DNI original de los dos miembros de la pareja, deben presentarse en el Registro Civil de la localidad donde quieras casarte o en el Ayuntamiento correspondiente. Allí, tendréis que solicitar fecha para celebrar el matrimonio y ese mismo día tendréis que realizar una declaración jurada de soltería.

En el Registro Civil se os entregará la Instancia del Registro Civil, que es el documento que deberéis cumplimentar y entregar allí mismo para solicitar la fecha para el matrimonio.

Documentos a solicitar en casos excepcionales

Cuando se desea celebrar un matrimonio en segundas (o terceras) nupcias, es necesario aportar otra documentación adicional que acredite que el matrimonio se puede celebrar. Veamos cuáles son esos documentos:

  • En caso de divorcio : Hoy en día es muy habitual que uno de los novios (o ambos) se case en segundas nupcias. Lo único que hay que presentar en ese caso, además de la documentación ya mencionada, es lo siguiente. Se trata de un certificado literal de matrimonio anterior, donde debe constar una anotación en el margen donde se declare el divorcio. Este documento se puede solicitar en el Registro Civil de la localidad donde se celebrase dicho matrimonio.
  • En caso de viudedad : Puede que uno de los contrayentes, e incluso ambos, se encuentren en estado de viudedad. En ese caso, es necesario aportar el certificado literal de matrimonio anterior, además del certificado de defunción del cónyuge fallecido.

¿Deseas casarte en el Ayuntamiento?

Si te hace ilusión casarte en el Ayuntamiento de tu ciudad, debes preparar toda la documentación con algo más de antelación. Ya que, el juzgado tarda algo de tiempo de certificar el documento que acredite que podéis celebrar la boda en el Ayuntamiento, que pueden ser varios meses.

Cada Ayuntamiento organiza los actos matrimoniales de forma distinta, tanto en cuanto a la distribución de las fechas como a lo que protocolo se refiere. Por lo que, primero tendréis que acudir al Registro Civil y entregar toda la documentación que hemos detallado. Después, deberéis acudir al Ayuntamiento y comunicar allí el deseo de contraer matrimonio en dichas dependencias.

Para casarte en el Ayuntamiento, tendrás que llevar a dos personas mayores de edad que ejerzan como testigos del matrimonio. Una vez terminada la ceremonia, se os hará entrega del libro de familia y será el propio personal del Ayuntamiento el encargado de emitir el acta de matrimonio civil, que quedará inscrito en el Registro correspondiente.

Para casarte en el Ayuntamiento, tendrás que llevar a dos personas mayores de edad Para casarte en el Ayuntamiento, tendrás que llevar a dos personas mayores de edad

Requisitos para celebrar una boda católica

En el caso de que quieras celebrar una boda católica, lo primero que debes hacer es acudir a la iglesia elegida y solicitar una cita con el párroco. Pueden existir diferencias entre parroquias, ya que, según la normativa eclesiástica, el párroco correspondiente es el único con potestad para decidir la documentación que se debe presentar en cada caso.

No obstante, en líneas generales suele ser siempre de una forma similar. Por lo que pasamos a detallar los pasos que debes seguir para celebrar una boda católica.

  • La fotocopia del DNI de ambos contrayentes
  • La partida del bautismo, que os facilitarán en la parroquia donde se os bautizó a cada uno
  • El certificado literal de nacimiento, documento que se solicita en el Registro Civil
  • Certificado de Fe y estado, otro documento que expide el Registro Civil
  • Libro de familia de los padres, en concreto de la hoja en la que aparezca el nombre de cada uno de vosotros

Además de la documentación que os soliciten en la parroquia, tendréis que presentar dos testigos antes del día de la celebración. Ambos tienen que ser mayores de edad y no pueden ser familiares vuestros, aunque si es requisito esencial que exista una relación cercana y duradera. Ya que los testigos tendrán que declarar que no estáis casados previamente y que además os casáis por decisión propia.

Si la parroquia elegida para celebrar el matrimonio es la misma para los dos, tendréis que solicitar cita con el párroco con unos 6 meses de antelación. No obstante, si las parroquias son diferentes, es importante que lo hagáis con algo más de tiempo.

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